El Rev. Archibald Alexander Hodge escribió en 1869 un comentario a la Confesión de Fe de Westminster, en el primer capítulo de ese libro él hizo una pequeña historia de los credos y confesiones.
Este artículo se entregará en tres partes y esperamos que sea de mucha bendición para aquellos que estudian la Palabra de Dios.
A. A. Hodge fue hijo del conocido Charles Hodge y, como él, fue profesor de Teología Sistemática en Princeton. Uno de los profesores que ocupó su lugar años después dijo « Su pensamiento y enseñanza fueron los de un genio y un santo, y ocupa una posición única entre sus iguales. Se ciñó a la teología reformada como una obligación sagrada. Lo defendió con celo, lo pensó con entusiasmo y lo reflejó en su vida ».
INTRODUCCIÓN
Todo lo que el hombre debe creer respecto a Dios, y los deberes que Dios impone al hombre, son revelados en las Escrituras del Antiguo y Nuevo Testamento, las cuales habiendo sido dadas por inspiración de Dios, son la única y suficiente regla de fe y práctica religiosa para el hombre en su estado actual. Por esto deben ser creídas las unas y obedecidos los otros por ser la Palabra de Dios. Esta Palabra divina, entonces, es el único tipo o regulador de doctrina que tiene autoridad intrínseca para ligar la conciencia de los hombres. Todo lo demás tipos o reguladores tendrán tal autoridad, solamente cuando enseñen lo que las Escrituras contengan.
No obstante, que las Escrituras son la obra de Dios, la comprensión de ellas pertenece a los hombres. Estos deben interpretar conforme a su mayor habilidad cada parte de la Escritura separadamente, y luego combinar en un todo completo cuanto ella enseña sobre cada verdad, y en seguida arreglar sus enseñanzas sobre diferentes verdades en concordancia mutua como partes de un sistema armonioso. Todo estudiante de la Biblia tiene que hacerlo así; y que lo han hecho todos, es claro por los términos que usan en sus oraciones y discursos religiosos, ya sea que admitan o nieguen la conveniencia de los credos y confesiones humanas. Si ellos rehúsan la ayuda ofrecida por las exposiciones de doctrina lentamente elaboradas y definidas por la Iglesia, deben hacer su credo particular con su propia sabiduría y sin ayuda alguna. La verdadera cuestión no es, como se pretende con frecuencia, entre la Palabra de Dios y los credos de los hombres, sino entre la fe ensayada y aprobada por el cuerpo colectivo del pueblo de Dios, y el juicio privado del repudiador de credos que no quiere que su inteligencia sea ayudada de nadie.
Digámoslo de una vez, es una cuestión de hecho el que la Iglesia ha ido avanzando gradualmente en la obra de perfeccionar la interpretación de las Escrituras y de definir las grandes doctrinas que forman el sistema de verdades reveladas. La atención de la Iglesia ha sido dirigida especialmente al estudio de una doctrina en una época, y a la de otra en tiempo diferente. Como ella ha ido avanzando poco a poco en el discernimiento claro de la verdad evangélica, en diferentes tiempos ha ido sentando exposiciones más perfectas de sus adquisiciones en forma de Credo o Confesión de fe, con el objeto de instruir al pueblo y preservar sus doctrinas. Como al mismo tiempo los herejes se levantan por todas partes pervirtiendo la Escritura, exagerando ciertos aspectos de la verdad y negando otros igualmente esenciales, y el efecto de esto es cambiar la verdad de Dios en mentira, la Iglesia entonces se ve forzada por el gran principio de la propia conservación, a formar definiciones completas que contengan la verdad y excluyan el error de cada verdad particular que haya sido falsificada, y hacer exhibiciones comprensibles del sistema de verdades reveladas, y que ninguna de sus partes sea indebidamente disminuida o exagerada, sino que guarde la debida proporción con el todo. Al mismo tiempo debe hacer provisión para la disciplina eclesiástica, a fin de asegurar la cooperación efectiva de los que desean trabajar juntamente en la misma causa, y para que los maestros públicos de la misma comunión no se contradigan el uno al otro, y uno derribe lo que el otro se esfuerza en edificar. También deben prepararse formularios que representen hasta donde sea posible la verdad recibida por todos, y que revestida con la autoridad pública, sirvan para la instrucción de los miembros de la Iglesia y especialmente de los niños.
En todos los tiempos y en todas las ramas de la Iglesia, se ha encontrado que los Credos y Confesiones son necesarios, y cuando no se ha abusado de ellos han servido para los fines siguientes:
(1) Para marcar, diseminar y preservar las adquisiciones alcanzadas en el conocimiento de la verdad cristiana, por alguna rama de la Iglesia en alguna crisis de su desenvolvimiento.
(2) Para discernir entre la verdad y los malos comentarios de los falsos maestros, y presentarla con integridad y debida proporción.
(3) Para servir de base de asociación eclesiástica a los que están acordes en trabajar juntamente en armonía.
(4) Para usarlos como instrumentos en la gran obra de la instrucción popular.
Debe recordarse, sin embargo, que la materia de estos Credos y Confesiones liga a la conciencia de los hombres nada más en aquello que es puramente bíblico, y sólo por serlo: y en cuanto a la forma en que la materia se asienta, sólo liga a los que voluntariamente admiten la Confesión; y la razón para ello es que la han admitido.
En todas las iglesias se hace distinción marcada entre los términos en que son admitidos los miembros privados a la comunión, y los términos en que son admitidos los funcionarios a los oficios sagrados de enseñanza y gobierno. Una iglesia no tiene derecho de hacer condición de recepción sino lo que Cristo haya hecho condición de salvación. La Iglesia es el redil de Cristo. Los Sacramentos son los sellos del pacto. Tienen derecho a pedir su admisión, aquellos que hacen profesión creíble de la verdadera religión, – aquellos de los cuales se pueda tener la presunción de que sean del pueblo de Cristo. Esta profesión creíble, envuelve de contado, un conocimiento competente de las doctrinas fundamentales del cristianismo- una declaración de fe personal en Cristo y de consagración a su servicio, y el estado debido en la mente y la disposición necesaria para ello. Por otra parte, ningún hombre debe ser instalado en algún oficio de una iglesia, cuando no profesa creer en la verdad y sabiduría de la constitución y leyes que es su deber conservar y administrar. De otra manera la armonía de sentimiento y la cooperación efectiva sería imposible.
El Sínodo original de nuestra Iglesia Presbiteriana de América, en el año 1729, adoptó solamente la Confesión de Fe y los Catecismos de Westminster como modelo doctrinal de la Iglesia. Su acuerdo dice así:
« Todos los ministros de este Sínodo, 18 en número, menos uno que declaró que no estaba preparado para dar su asentimiento, (pero lo hizo en la próxima reunión), después de proponer y discutir los escrúpulos que algunos de ellos tenían para aceptar la Confesión de Fe y los Catecismos Mayor y menor de la Asamblea de Teólogos de Westminster, y conformes en la solución de ellos, declaran que dicha Confesión y Catecismos son la Confesión de su Fe, excepto algunas cláusulas en los capítulos vigésimo tercero, referentes a los magistrados civiles.»
Otra vez el mismo cuerpo en el año 1788, preparando el camino para la organización de la Asamblea general, dice así:
«El Sínodo, después de examinar detenidamente toda la Forma de Gobierno y Disciplina, la ratifica y adopta con las enmiendas que hoy tiene, como la Constitución de la Iglesia Presbiteriana en América, y por el presente ordena que se le estime, considere y observe estrictamente como regla en los procedimientos de todos los tribunales inferiores de este cuerpo.»
«El Sínodo, después de revisar y corregir el Directorio de Culto, lo adoptó, y por el presente manda que dicho Directorio con las enmiendas que hoy tiene, sea la guía en la adoración a Dios en la Iglesia Presbiteriana en los E. E. U. U. El Sínodo manda que el Directorio y Catecismos se impriman y agreguen al volumen de la Confesión de Fe, Forma de Gobierno y Disciplina, y que todo sea considerado como el tipo de nuestras doctrinas, gobierno, disciplina y forma de culto, conforme a los acuerdos del Sínodo en sus actuales sesiones.»
Lo que sigue es un resumen o historia general de los principales Credos y Confesiones de las diferentes ramas de la Iglesia Cristiana. Al enumerarlos seguimos el orden del tiempo y de las iglesias que se adhirieron a ellos.
3 comentarios
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Hola Marcelo que DIOS te continue bendiciendo,gracias por todo lo que nos enseñas de todos los temas.
Quiero preguntarte sobre este link http://www.bjnewlife.org
aparece arriba en esta pagina eso es falsa doctrina mucho cuidado.
Bendiciones.
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Amazing site.Thanks, admin.
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Interesante. Se podría aconsejar el excelente libro de James Orr: «El progreso del dogma». El desarollo de la comprensión del dogma no se ha terminado en Westminster, ni en Dortrecht…Los bautistas no aceptan credos y tampoco han rechazado la enseñanza de los siglos. «Sola Scriptura» es el fundamento,me parece que los credos son muletas que necesita el principiante. Utiles pero no indispensables.
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